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SUBVENCIONES TASA de TRATAMIENTO DE BASURA PARA EMPRESAS Y AUTÓNOMOS

BENEFICIARIOS. Personas físicas y jurídicas de Prado del Rey y que hayan visto paralizada su actividad como Autónomos o Empresas, por la pandemia, y cumplan las condiciones que se requieren, especificadas en las bases y en el formulario.

PLAZO.  HASTA EL 6 DE JULIO IMPRORROGABLE SOLICITUDES. Se pueden recoger en  el Registro del Ayuntamiento.


  FORMULARIO.   Formulario debidamente relleno y firmado por las Empresas solicitantes. Pueden ser presentados ante cualquiera de estas tres Entidades (Ayuntamiento, Mancomunidad,  o BASICA S.A.U.), bien mediante registro presencial en sus oficinas, bien mediante presentación en sede electrónica, o bien por correo postal. Igualmente pueden presentarlos enviándolos por email a la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. FORMA Y SECUENCIA DEL PAGO. Las subvenciones se materializarán por la reducción en el recibo correspondiente de la tasa. Serán subvencionables los gastos derivados de la tasa de tratamiento, durante un periodo de dos meses a “coste cero”, por beneficiario, para paliar los daños económicos derivados de la falta de actividad como consecuencia del cierre obligatorio de los establecimientos, industrias o negocios afectados por la crisis sanitaria.


Para descargar el formulario pulse aquí.